{"id":76645,"date":"2026-06-08T13:56:46","date_gmt":"2026-06-08T16:56:46","guid":{"rendered":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/?p=76645"},"modified":"2026-06-08T13:56:46","modified_gmt":"2026-06-08T16:56:46","slug":"el-gobierno-de-la-provincia-apelo-el-fallo-del-juzgado-electoral-que-ataca-el-principio-republicano-de-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/?p=76645","title":{"rendered":"EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA APEL\u00d3 EL FALLO DEL JUZGADO ELECTORAL QUE ATACA EL PRINCIPIO REPUBLICANO DE GOBIERNO"},"content":{"rendered":"<p>Sostiene que la sentencia del Juzgado Electoral Provincial contradice la legislaci\u00f3n vigente, desconoce una decisi\u00f3n del Superior Tribunal de Justicia y genera incertidumbre sobre un proceso institucional ya en marcha.<\/p>\n<p>El Gobierno de la provincia present\u00f3 una contundente apelaci\u00f3n contra la sentencia del Juzgado Electoral Provincial que anul\u00f3 el Decreto N751\/26, mediante el cual se hab\u00eda convocado a elecciones de convencionales constituyentes para el pr\u00f3ximo 9 de agosto.<\/p>\n<p>Se considera que la decisi\u00f3n judicial no solo carece de sustento jur\u00eddico suficiente, sino que adem\u00e1s provoca un fuerte impacto institucional al paralizar un proceso democr\u00e1tico destinado a que la ciudadan\u00eda decida sobre una reforma de la Constituci\u00f3n fueguina.<\/p>\n<p>El eje del planteo apunta a un aspecto central: la jueza Zanini habr\u00eda determinado la nulidad del decreto de convocatoria por la queja presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, pese a que la legislaci\u00f3n nacional establece expresamente que ese recurso no detiene el curso del proceso.<\/p>\n<p>Seg\u00fan sostiene la apelaci\u00f3n, el Superior Tribunal de Justicia ya hab\u00eda resuelto la cuesti\u00f3n de fondo al validar la Ley Provincial N\u00ba 1529, levantar la medida cautelar que suspend\u00eda el proceso electoral y ordenar una nueva convocatoria. Adem\u00e1s, el m\u00e1ximo tribunal provincial rechaz\u00f3 posteriormente el Recurso Extraordinario Federal, adquiriendo firmeza a la que alude el fallo en la instancia jurisdiccional local.<\/p>\n<p>Asimismo, recuerda que al momento de dictarse el Decreto N\u00ba 751\/26 no exist\u00eda ninguna medida cautelar vigente, suspensi\u00f3n judicial ni resoluci\u00f3n de la Corte Suprema que impidiera avanzar con la convocatoria electoral.<\/p>\n<p>Uno de los argumentos m\u00e1s fuertes del recurso apunta a la defensa de la autoridad institucional del Superior Tribunal de Justicia. Se entiende que el fallo electoral termina revisando e interpretando una sentencia ya dictada por el m\u00e1ximo \u00f3rgano judicial fueguino, alterando los efectos de una decisi\u00f3n que deb\u00eda ser cumplida por los \u00f3rganos del Estado; a 30 d\u00edas de haberse notificado el decreto y con las acciones posteriores de los diversos poderes del orden institucional de la provincia.<\/p>\n<p>En ese sentido, el escrito recuerda que la legislaci\u00f3n provincial establece que los pronunciamientos del Superior Tribunal constituyen jurisprudencia obligatoria para todos los jueces y tribunales de la provincia.<\/p>\n<p>Desde la mirada oficial, permitir que una resoluci\u00f3n de una instancia inferior deje sin efecto pr\u00e1ctico una decisi\u00f3n del m\u00e1ximo tribunal provincial supone una alteraci\u00f3n del orden institucional y del sistema de jerarqu\u00edas previsto por la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>La apelaci\u00f3n tambi\u00e9n advierte sobre las consecuencias que la sentencia genera sobre el proceso democr\u00e1tico. La nulidad declarada impacta sobre un proceso electoral ya iniciado y abre un escenario de incertidumbre respecto de una instancia clave para el futuro institucional de Tierra del Fuego.<\/p>\n<p>El Gobierno sostiene que aceptar una simple presentaci\u00f3n ante la Corte Suprema pueda paralizar autom\u00e1ticamente decisiones judiciales provinciales firmes, pondr\u00eda en riesgo la estabilidad de cualquier proceso institucional, afectando principios b\u00e1sicos como la previsibilidad y la seguridad jur\u00eddica.<\/p>\n<p>Por esa raz\u00f3n, solicit\u00f3 que la C\u00e1mara intervenga con car\u00e1cter urgente y revierta el fallo, permitiendo la continuidad del proceso electoral convocado para elegir a los convencionales constituyentes.<\/p>\n<p>Se argumenta, que en la controversia se encuentran comprometidos principios fundamentales como la autonom\u00eda provincial, la divisi\u00f3n de poderes, el sistema federal de gobierno, los derechos pol\u00edticos de los ciudadanos y el normal funcionamiento de las instituciones republicanas.<\/p>\n<p>Para el Ejecutivo fueguino, la discusi\u00f3n excede la validez de un decreto y se proyecta sobre la capacidad de las instituciones provinciales para desarrollar con normalidad un proceso electoral respaldado por una ley vigente y por una sentencia del Superior Tribunal de Justicia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sostiene que la sentencia del Juzgado Electoral Provincial contradice la legislaci\u00f3n vigente, desconoce una decisi\u00f3n&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":76646,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-76645","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/wp-content\/uploads\/2026\/06\/photo_2026-06-08_13-56-25.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/76645","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=76645"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/76645\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":76647,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/76645\/revisions\/76647"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/76646"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=76645"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=76645"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/hablemosclarotdf.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=76645"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}